Certificado por la Junta de Florida en Derecho de Inmigración y Nacionalidad (Miembro de The Florida Bar #7439). Reunir familias es el corazón de la ley de inmigración estadounidense. Ya sea que esté patrocinando a un cónyuge, un padre, un hijo o un hermano — y ya sea que estén en EE. UU. o en el extranjero — hemos manejado el camino del caso por casi tres décadas.
¿Quién califica para una visa familiar?
Los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a su cónyuge, hijos, padres y hermanos; los residentes permanentes pueden patrocinar a su cónyuge y a sus hijos solteros. Los familiares inmediatos de un ciudadano (cónyuge, padres e hijos solteros menores de 21) no tienen tope anual y avanzan más rápido; las demás categorías caen bajo el sistema de preferencia con listas de espera. Todo caso empieza con el Formulario I-130.
Quién puede patrocinar a quién
La ley de inmigración estadounidense divide los casos de base familiar en dos vías:
Familiares inmediatos (sin tope anual)
- Cónyuges de ciudadanos estadounidenses (IR-1, CR-1)
- Hijos solteros menores de 21 de ciudadanos estadounidenses (IR-2, CR-2)
- Padres de ciudadanos estadounidenses de 21 años o más (IR-5)
Estos casos avanzan tan rápido como USCIS pueda procesarlos — típicamente de 10 a 14 meses desde la presentación hasta la entrevista en la jurisdicción de Orlando.
Preferencia familiar (con topes anuales; esperas de varios años)
| Categoría | Quién califica | Límite anual | Posición en la fila |
|---|---|---|---|
| IR | Familiares inmediatos de un ciudadano: cónyuge, padres, e hijos solteros menores de 21 | Sin tope | Sin fila. La visa está disponible siempre; solo espera el trámite. |
| F1 | Hijos solteros de 21 años o más de un ciudadano | 23,400 | Espera larga |
| F2A | Cónyuges e hijos solteros menores de 21 de un residente permanente | 114,200 en total para F2, del cual F2A recibe el 77 % | La más corta de las categorías de preferencia, y la que más se mueve de un mes a otro |
| F2B | Hijos solteros de 21 años o más de un residente permanente | Espera larga | |
| F3 | Hijos casados de un ciudadano, de cualquier edad | 23,400 | Entre las más largas |
| F4 | Hermanos de un ciudadano de 21 años o más | 65,000 | La más larga, y más larga todavía para México, Filipinas e India por el tope de 7 % por país |
Dos cosas que sorprenden a casi toda familia que llega a la oficina. La primera: el tope del 7 % por país de INA § 202(a)(2) se aplica igual a un país de cien millones de habitantes que a uno de dos, y es la razón de que un hermano mexicano espere muchísimo más que un hermano de otro país en la misma categoría F4. La segunda: la fecha de prioridad es la fecha en que USCIS recibió el I-130, no la fecha en que lo aprobó. Presentar la petición cuanto antes fija su lugar en la fila aunque el resto del caso tarde.
¿Cuánto tarda el proceso de petición familiar en Florida?
Depende de la categoría, y son dos esperas distintas sumadas. Los casos de familiar inmediato tienen una sola: el trámite, que en la jurisdicción de Orlando suele correr de 10 a 14 meses desde la presentación hasta la entrevista. Las categorías de preferencia tienen esa misma espera de trámite y, antes, la espera a que haya un número de visa disponible para su fecha de prioridad, que es la parte larga. F2A es la categoría que menos espera; F3 y F4 las que más. La fecha exacta que le toca no se puede publicar en una página como esta porque cambia todos los meses: se lee en el Boletín de Visas del mes en curso y se compara con la fecha de prioridad de su recibo I-797.
Dónde se procesa el caso
Si su familiar ya está en EE. UU. y entró legalmente, usualmente presentamos el Formulario I-130 simultáneamente con el Formulario I-485 (Ajuste de Estatus), Formulario I-765 (permiso de trabajo) y Formulario I-131 (Permiso Adelantado). El caso permanece en USCIS y termina con una entrevista en la Oficina de Campo de Orlando.
Si su familiar está en el extranjero, presentamos el Formulario I-130 solo, esperamos la aprobación, y luego el caso se transfiere al Centro Nacional de Visas para pago de tarifas y recolección de documentos, y finalmente al consulado de EE. UU. en el país de su familiar para la entrevista de visa de inmigrante.
Situaciones especiales que manejamos
- Visa K-1 de prometido(a) — traer a un(a) prometido(a) a EE. UU. para casarse dentro de 90 días, luego ajustar estatus.
- Visa K-3 de cónyuge — vía consular alternativa para cónyuges ya en el extranjero.
- Formulario I-751 — eliminación de condiciones en una tarjeta verde de 2 años, incluyendo exenciones por divorcio, abuso o dificultad extrema.
- Declaración Jurada de Sostenimiento (Formulario I-864) — incluyendo co-patrocinadores cuando el ingreso del peticionario está por debajo del 125% de la línea federal de pobreza.
- VAWA — autopetición para cónyuges, padres e hijos abusados de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes.
- Peticiones de viudo(a) — preservando elegibilidad familiar después del fallecimiento de un cónyuge ciudadano estadounidense.
Muchas familias llegan sin saber todavía qué categoría les corresponde. En ese caso empiece por nuestro abogado de inmigración en Orlando: allí explicamos en español cómo evaluamos un caso desde cero, qué documentos conviene reunir antes de la primera cita y cómo se cobra el trabajo.
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Mi cónyuge y yo estamos ambos en EE. UU. — ¿cómo presentamos?
Si su cónyuge entró a EE. UU. legalmente y usted es ciudadano estadounidense, la presentación típica es Formulario I-130 (petición) + Formulario I-485 (ajuste de estatus) + Formulario I-765 (autorización de trabajo) + Formulario I-131 (Permiso Adelantado) presentados simultáneamente. Su cónyuge puede permanecer en EE. UU. todo el tiempo, y después de aproximadamente 4-8 meses recibirá un permiso de trabajo mientras espera la entrevista de tarjeta verde en la Oficina de Campo de Orlando.
Mi prometido(a) está en el extranjero. ¿K-1 o casarse primero?
Ambas opciones funcionan. La K-1 permite que su prometido(a) entre a EE. UU. y tienen 90 días desde la llegada para casarse y luego ajustar estatus. Casarse en el extranjero y usar procesamiento consular para una visa de cónyuge familiar inmediato a menudo tiene un cronograma comparable en general. La elección correcta depende del país, su cronograma y circunstancias familiares. Comparamos ambos en la consulta.
¿Los matrimonios entre personas del mismo sexo califican?
Sí. Los matrimonios entre personas del mismo sexo han sido reconocidos para fines federales de inmigración desde la decisión de la Corte Suprema de 2013 en U.S. v. Windsor. El análisis legal y los requisitos probatorios son idénticos a los matrimonios de sexo opuesto.
Mi tarjeta verde es "condicional" (de 2 años). ¿Qué hago?
Debe presentar el Formulario I-751 en la ventana de 90 días antes de que expire la tarjeta de 2 años. La presentación conjunta con su cónyuge patrocinador es la opción predeterminada, pero existen exenciones si el matrimonio terminó en divorcio, sufrió abuso, o la remoción causaría dificultad extrema. Perder el plazo puede llevar a la terminación del estatus y procedimientos de remoción.
¿Y si mi patrocinador ciudadano ha sido mi abusador?
Puede ser elegible para autopeticionar bajo VAWA (Violence Against Women Act, que aplica sin importar el género). Las autopeticiones VAWA permiten que cónyuges, padres e hijos abusados de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes busquen una tarjeta verde sin la cooperación o conocimiento del abusador. El caso depende mucho de los hechos y se beneficia significativamente de un abogado con experiencia.
¿Cómo programo una consulta?
Envíe el formulario, llame a la oficina o escríbanos por correo y le respondemos. La primera consulta es gratis y puede ser en español o en inglés. Traiga cualquier notificación que ya haya recibido de USCIS o de la corte de inmigración, porque de ahí salen los plazos que más importan.

